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domingo, 20 de septiembre de 2015

RECORDATORIO DE COMEDOR


Siguiendo instrucciones del Consejo Escolar, les recordamos algunas de las normas relacionadas con el servicio de comedor escolar que deben tener en cuenta:

La cuota de comedor se pasará al cobro aproximadamente el día 10 de cada mes, de septiembre a mayo, ambos incluidos.

El cobro de la misma debe hacerse, obligatoriamente, a través de domiciliación bancaria en la cuenta indicada por usted al hacer la solicitud. No se admitirán ingresos individuales en la cuenta del Centro.

La domiciliación de la cuenta bancaria debe permanecer sin cambios (con el mismo número de cuenta) durante todo el curso.

La devolución del recibo (en cualquier momento) dará lugar a la BAJA AUTOMÁTICA del servicio de comedor, y se tomarán las medidas legales oportunas.

Desde ese momento el alumno no podrá hacer uso de dicho servicio y sus padres tendrán que RECOGERLO A LAS 14:00 HORAS. Su plaza podrá ser adjudicada a otro alumno que se encuentre en lista de espera.

Para recuperar el Servicio, si hubiera plaza, deberá comprometerse a abonar las cuotas asignadas por el Consejo Escolar y abonar la deuda correspondiente, pagando además un recargo de 5 € por alumno/a en concepto de costes por devolución.

Si desea ser readmitido deberá solicitarlo justificando los motivos que dieron lugar a su baja. Su solicitud pasará a formar parte de la Lista de Espera.

Por este motivo, le sugerimos que se asegure de que su banco no devuelva ningún recibo de comedor.


Atentamente,

Equipo Directivo.






NOTA: Le recordamos que se ha asignado la cuota A (sin subvención) a aquellas familias cuyos miembros no autoricen la obtención de los datos del IRPF, las familias cuyos ingresos superen los 15.650 € anuales, las que no acrediten ingresos de algún sustentador principal que conviva en su domicilio y las familias monoparentales que no acompañen documentación y certificado de convivencia para acreditarlo. Asimismo recordamos que aquellas familias con escasos recursos que se encuentren en situación crítica, también deben acreditarlo con la certificación expedida en el Ayuntamiento correspondiente.
 

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